Efectos de la prohibición migratoria de Trump en buques atracando en USA

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Foto: KUOW

La Orden Ejecutiva del Presidente Trump sobre la inmigración y los viajes a los Estados Unidos tiene implicaciones inmediatas para los barcos que atracan en los puertos de los Estados Unidos, según el Standard P & I Club. Es decir, la orden prohíbe toda entrada de inmigrantes o no inmigrantes a los Estados Unidos con ciudadanía de Siria, Yemen, Sudán, Somalia, Irak, Irán y Libia, y por lo tanto afecta a los buques que transportan tripulantes de los países mencionados.

Bajo la orden titulada; ‘Protegiendo a la Nación de la Entrada Terrorista Extranjera’ a los Estados Unidos, a los tripulantes a bordo de los barcos que ingresan a las aguas de los Estados Unidos que son ciudadanos de estos países se les negará la entrada durante los próximos 90 días.

«Los miembros deben anticipar que la licencia en tierra será denegada para aquellos miembros de la tripulación y una seguridad mucho más densa para el buque, incluido el uso de guardias armados, puede ser ordenada por funcionarios de inmigración locales mientras el buque se encuentre en un puerto estadounidense», informó el Standard P & I Club.

Sin embargo, el Standard P & I Club dijo que, en este momento, no se cree que los barcos que transportan tripulantes de estos países se les negará la entrada a los puertos de los Estados Unidos. Además, la Orden Ejecutiva también puede afectar a los reemplazos de la tripulación en los Estados Unidos y los miembros «deberían evitar los cambios de tripulación en los EE.UU.», con la participación de la tripulación de Siria, Yemen, Sudán, Somalia, Irak, Irán y Libia, tres meses. Además, si un miembro de la tripulación de los países mencionados requiere tratamiento médico de emergencia mientras está en los EE.UU., hay una excepción bajo la orden que puede permitir que el miembro de la tripulación para ser retirado del buque para el tratamiento médico, según el Standard P & I Club.

El Departamento de Estado y Seguridad Nacional (CBP) podrá determinar caso por caso y cuando sea de interés nacional, expedir visas u otros beneficios de inmigración a nacionales de países para los cuales se bloquean visas y beneficios.

Fuente: WMN

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