COLOMBIA: Comercio exterior se garantiza durante el aislamiento preventivo obligatorio

COLOMBIA: Comercio exterior se garantiza durante el aislamiento preventivo obligatorio
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Aunque el COVID-19 ya está en el territorio nacional con casos en las ciudades portuarias más importantes de Colombia, pese al Decreto 457, el gobierno permite que las operaciones de exportación e importación se puedan efectuar durante los 19 días de aislamiento preventivo obligatorio establecido ene l decreto.

En el marco de la emergencia sanitaria y económica, la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez, durante la mesa de facilitación del Comercio Virtual y Comité de Logística y Eficiencia de Modos resaltó que las sugerencias generadas por los representantes del sector privado y las autoridades relacionadas con comercio exterior fueron tenidas en cuenta en el momento de establecer excepciones.

De esta forma se garantizarían las actividades de comercio exterior por puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. igualmente, se garantizará el transporte, almacenamiento y logística para la importación y exportación de carga y productos. Adicionalmente, especifica que se permitirá el transporte doméstico aéreo para el traslado de mercancías.

Teniendo en cuenta el Decreto 457, se contempla cómo excepción la cadena de siembra, cosecha, producción, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de insumos y de productos del sector agropecuario.

Adicionalmente se tiene en cuenta las operaciones de importación y exportación de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural y minerales.

Ahora bien, en cuanto a las restricciones de exportación, el Gobierno, a través del decreto 462 del pasado 22 de marzo establece una lista de 24 productos que NO podrán ser exportados durante los próximos 6 meses al ser necesarios para prevenir y contener la emergencia económica, social y ecológica generada por el COVID-19.

Entre los productos se encuentran alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico, medicamentos de uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, gel antibacterial, tapabocas de varios tipos y algunos equipos médicos. Igualmente, los guantes de caucho, gafas de protección, electrocardiógrafos, monitores de signos vitales, cunas neonatales, ventiladores, aparatos respiratorios, máscaras de protección respiratoria, equipos de rayos X, camas y camillas.

Fuente El Tiempo
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