Según información del UK P&I Club, la orden ejecutiva de Trump del 27 de enero de 2017 sobre la inmigración impidió por tiempo indefinido a los refugiados sirios entrar en los Estados Unidos, suspendió todas las admisiones de refugiados por 120 días y bloqueó a ciudadanos de siete países.
Durante los próximos 90 días, miembros de la tripulaciones de de Siria, Yemen, Sudán, Somalia, Irak, Irán y Libia, con o sin visado, se les negará la entrada a los Estados Unidos.
También impide la entrada de refugiados de Siria indefinidamente.
La orden detiene la admisión de todos los refugiados a los Estados Unidos durante los próximos cuatro meses.
La orden también pide una revisión para suspender el Programa de Exención de Entrevista de Visas, que permite a los viajeros de 38 países – incluidos los aliados cercanos – renovar las autorizaciones de viaje sin una entrevista en persona.
La orden no debe afectar a ciudadanos estadounidenses naturalizados de los siete países mencionados;
Después de cierta confusión inicial, parece que los titulares de tarjetas verdes de Estados Unidos serán permitidos en los Estados Unidos;
Recomendaciones del UK P&I Club
En la actualidad, la implementación de la Orden Ejecutiva no está del todo clara si los Miembros se ven afectados por la orden, póngase en contacto con el Club.
Dada la situación el Club recomienda:
Durante los próximos 90 días, miembros de la tripulación de Siria, Yemen, Sudán, Somalia, Irak, Irán y Libia se les negará la entrada a los Estados Unidos. Si tienen o no visas de los Estados Unidos;
A los nacionales de los siete países designados con residencia permanente (tarjeta verde) se les permitirá la entrada, «… .desestimar la recepción de información despectiva significativa que indique una amenaza grave para la seguridad y el bienestar públicos …»
No organice cambios de tripulación en los Estados Unidos para aquellos ciudadanos de los países identificados, incluyendo vuelos con tránsito a través de los Estados Unidos.
Los Departamentos de Estado y Seguridad Nacional (CBP, por sus siglas en inglés) pueden determinar, caso por caso y cuando sea de interés nacional, otorgar visas u otros beneficios de inmigración a nacionales de países para los cuales se bloquean visas y beneficios. Anticipamos que en caso de una emergencia médica verdadera el CBP puede permitir la entrada herida o enferma del miembro de la tripulación a los EEUU bajo sección 3 (g) de la orden ejecutiva.