El pasado 25 de octubre el gobierno nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural promulgo la Resolución 0350 por la cual establece las cuotas de pesca globales de diferentes especies para el territorio colombiano en el año 2020 dentro de las cuales se encuentran la pesca de tiburón, las cuales según la lista roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN por sus siglas en ingles) se clasifica como vulnerable. Si bien es un gran paso en el establecimiento de políticas nacionales, puesto que en años anteriores solo se establecían las cuotas de pesca para el área insular colombiano (San Andrés, Providencia y Santa Catalina), se puede considerar apresurado y carente de conocimiento científico. Finalmente, la incapacidad de proteger, administrar y controlar el recurso evidencia la debilidad jurídica marítima de Colombia.
Para poder establecer cuotas de pesca se requiere de evidencia científica y datos históricos que permitan establecer claramente la cantidad existente por especie en la jurisdicción marítima nacional. Además, con esta resolución se esta desconociendo políticas anteriores tal como el decreto 1124 de 2013 el cual establece medidas de conservación de tiburones, rayas y quimeras teniendo en cuenta los compromisos que el país se obligó a cumplir al suscribir la convención internacional de comercio de especies amenazadas (CITES por sus siglas en ingles) mediante la Ley 17 de 1981.
Ver COLOMBIA: Más que una aleta de tiburón
Estas medidas son muestra de las grandes debilidades que en materia de políticas marítimas tiene el país, así como de la falta de una conciencia oceánica, marítima y férrea que oriente y sea el diferenciador en las tomas de decisiones. A pesar que la Comisión Colombiana del Océano definió desde el año 2012 una política nacional de los océanos, esta carece de fuerza jurídica al no ser promulgada como ley de a república lo cual deja ver la poca voluntad y visión marítima que aun tiene el país.