Según Daniel Currie de High Seas Alliance, el tratado BBNJ no establecerá reglas y regulaciones para la minería en el mar. Tampoco detendrá la minería en aguas profundas. Al contrario, la ley, por sí misma, detendrá el inicio de la minería en aguas profundas en el océano. La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), respaldada por la ONU, comenzará a aceptar solicitudes de minería en aguas profundas en julio de 2023 para la extracción de cobalto, cobre, níquel y manganeso.
El Acuerdo BBNJ cubre la conservación de la biodiversidad marina, incluidos los Recursos Genéticos Marinos (MGR) en el lecho marino en áreas fuera de la jurisdicción natural. Así, implica que el acuerdo puede establecer una serie de mecanismos institucionales pero también el organismo científico-técnico y el mecanismo de cooperación. Esencialmente, más lugares para plantear inquietudes y resolverlas a través de la diplomacia.
El tratado contiene obligaciones y procedimientos que las partes deben seguir una vez que entre en vigor. Una serie de disposiciones específicas, principalmente en torno a la cooperación. Inicialmente, las partes deben promover los objetivos del tratado cuando participan en organismos como la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), así como en las organizaciones de gestión pesquera. Aparentemente, la ISA está obligada a cooperar con la BBNJ. Las partes deben asegurarse de que la ISA siga los procedimientos de evaluación de impacto ambiental (EIA) establecidos en el tratado. Aunque la ISA aún no cuenta con normas o estándares vinculantes con respecto a las EIA para las actividades de minería en aguas profundas, las partes de la ISA y BBNJ estarán obligadas a cooperar y coordinarse con la ISA para garantizar que las EIA y las disposiciones de transparencia se lleven a cabo de manera consistente. dentro de áreas fuera de la jurisdicción natural. Por lo tanto, asegurando que las visiones de la ISA sean consistentes con los requisitos de BBNJ.
Para AMP bajo la BBNJ que cubren el lecho marino. Las partes deben promover la adopción de medidas relevantes dentro de la ISA y que las actividades se realicen de manera consistente con las decisiones del tratado de Alta Mar. Lo que significa que un cuerpo no puede controlar las actividades del otro cuerpo. Más bien, los estados parte en esos órganos tienen la obligación de actuar de manera consistente en los diversos acuerdos.
Fuente: High Seas Alliance